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Estudio del Instituto de Empresa sobre el cumplimiento de la Ley de Discapacidad en empresas de Madrid

04/ 08/ 2015

• La Fundación Prodis ha encargado a la IE University Legal Clinic la realización de un estudio sobre el cumplimiento de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (LGDPD), en empresas en empresas medianas en la ciudad de Madrid.

 

Desde la promulgación de la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) en 1982 y tras la aprobación del Real Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (LGDPD), existe la obligación para las empresas con 50 o más trabajadores de que el 2% de la plantilla se reserve para personas con algún tipo de discapacidad. Esta Ley establece además, una serie de medidas alternativas para cuando las empresas no puedan cumplir con la cuota del 2%.

Los objetivos de esta investigación son:
– Conocer el nivel de grado de cumplimiento de la LGDPD.
– Identificar los factores que inciden en el acceso de las personas con discapacidad a dichos puestos de trabajo.
– Analizar el grado de cumplimiento de las medidas alternativas y su grado de aplicación.

Según este estudio se está muy lejos de alcanzar el objetivo marcado por la Ley del 2%. De las 560 empresas seleccionadas, solo han respondido 60, es decir, un 10,7%. De las cuales un 55% respondieron que SÍ cumplían con la obligatoriedad de contratar a personas con discapacidad, mientras que el 43,3% respondía que no.

De acuerdo con los datos aportados, las empresas de Madrid que respondieron a la encuesta tienen contratadas un total de 33 personas con discapacidad. Si se cumpliese el 2% marcado por la Ley, deberían ser un total de 98 las personas con discapacidad contratadas, sin tener en cuenta a las empresas que no han contestado la encuesta.

Uno de los motivos que se argumentan para la no contratación de personas con discapacidad es que su actividad es especializada. Si esto es así, se debería sustituir la contratación por las medidas alternativas contempladas en la Ley. Otro motivo digno de reseñar es que, las empresas que han participado en el estudio, no reciben Currículum Vitae de personas con discapacidad.

Respecto al conocimiento de las medidas alternativas, los datos nos indican que el 43,47% de las empresas que han contestado a la encuesta no las conocen. Hay un gran número de empresas que desafortunadamente no tienen conocimiento de las existentes medidas alternativas a la contratación de personas con discapacidad. Esto supone un gran problema, ya que la falta de información conlleva a las empresas a no cumplir la ley en vigor. Además, tal y como ha podido observarse, muchas de las empresas que conocían sus obligaciones derivadas de la LGDPD, no habían aprovechado las opciones adicionales existentes tales como las medidas alternativas. La aplicación de las medidas alternativas sólo se lleva a cabo por el 34,88% de las empresas que SÍ las aplican y el 65,12% restante NO las emplean.

La conclusión principal de esta investigación es que pese a lo establecido en su día en la Ley de la Integración Social del Minusválido y ahora en la vigente LGDPD, siguen existiendo numerosas empresas de más de 50 trabajadores que no cumplen dicha normativa. Y las medidas alternativas que se establecen siguen siendo un tema desconocido para la mayoría de las empresas.

La Clínica Jurídica del IE University ofrece asesoría jurídica a ONGs y otras entidades de carácter social. Los alumnos del Grado de Derecho han realizado esta investigación en un programa probono para la Fundación Prodis.