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Donación como medida alternativa a la LGD

La Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada mediante el Real Decreto Legislativo 1/2013, establece en su artículo 42.1 la obligación de las empresas públicas y privadas con una plantilla superior a 50 trabajadores a que, reserven una cuota del 2% para profesionales con discapacidad.

En Fundación Prodis ayudamos a las empresas en su camino hacia la inclusión laboral de personas con discapacidad, mediante nuestro servicio de Inclusión Laboral, sin embargo, si la empresa no está en disposición de contratar, ayudamos a la empresa al cumplimiento de la Ley mediante las medidas alternativas previstas en la misma, y sujetas al reconocimiento de la excepcionalidad.